Evaluación de los consejos de salud en Murcia

Presentación
Entre las acciones de la ADSP-RM en defensa de un sistema sanitario público que responda eficientemente a las necesidades en salud está la de promover la participación efectiva y real de los usuarios y del conjunto de los ciudadanos. La Ley 4/1994, de 28 de julio, de Salud de la Región de Murcia (Texto Consolidado, Última modificación: 20 de febrero de 2015) establecía la composición y funciones de los Consejos de Salud de Área, diciendo que debería desarrollarse reglamentariamente su régimen y funcionamiento para que puedan hacerse efectivas sus funciones. Hubieron de pasar 20 años hasta que en el Decreto nº 54/2016, de 8 de junio se regularon la composición y funcionamiento de los órganos de participación ciudadana del sistema sanitario público de la Región de Murcia y entre éstos el de los Consejos de Salud de Área.
La composición de los nueve Consejos de Salud de Área quedó establecida mediante las respectivas Órdenes de la entonces Consejera de Sanidad Encarna Guillén Navarro entre noviembre de 2016 (Consejo del Área 2, Cartagena) y junio de 2017 (Consejo del Área 4, Noroeste) por las que se nombran los vocales de cada uno de los Consejos.
En noviembre de 2017 la ADSP-RM emitimos un informe en el que se analizaba si la composición de los Consejos de Salud de Área (establecida en las citadas Órdenes de la Consejera) se ajustaba a lo establecido en el Decreto nº 51/2016 de 8 de Junio (Anexo I) detectándose bastantes deficiencias.
El 15 de marzo de 2018, a petición de la ADSP-RM, tres asociaciones ciudadanas (ADSP-RM, CONSUMUR y Asociación de Usuarios de la Sanidad) celebramos una reunión con los actuales Consejero de Salud y Gerente del SMS con el objeto de promover el mejor desarrollo de los Consejos de Salud de Área, llegando a varios acuerdos y compromisos (Anexo II). El presente informe, con pocos meses de retraso da cumplimiento a uno de esos compromisos. La Jornada de Debate sobre participación ciudadana en salud y valoración de los Consejos de Salud a celebrar el 20 de marzo de 2019 en Murcia es fruto también de otro de los acuerdos.
El presente informe se justifica en el interés de la ADSP-RM por promover una participación real y efectiva de los ciudadanos para la salud y la mejora del sistema sanitario público. Siendo conscientes de las muchas dificultades, estamos convencidos de que es posible y deseable una participación responsable que sirva para mejorar nuestro sistema sanitario y que éste se ajuste mejor a las necesidades en salud de los ciudadanos.
Objetivos.
El presente informe tiene como objetivos:

  1. Conocer si se han subsanado las deficiencias en la composición de los Consejos de Salud de Área según se establece en el Decreto nº 54/2016, de 8 de Julio detectadas en informe de ADSP-RM de noviembre de 2017 (Anexo I).
  2. Conocer si los Consejos se han reunido con la periodicidad mínima establecida de una reunión cada 6 meses.
  3. Valorar la asistencia de los miembros (vocales) de cada Consejo de Salud a sus sucesivas reuniones y conocer la participación de otros asistentes invitados.
  4. Conocer si en las sucesivas reuniones de cada Consejo de Salud de Área se han desarrollado las funciones establecidas en la Ley 4/1994, de 28 de julio, de Salud de la Región de Murcia.
  5. Emitir una valoración sobre la medida en que los respectivos Consejos de Salud de Área están representando una participación real y efectiva de los ciudadanos en el sistema sanitario público de la Región y con ello llegar a algunas conclusiones y hacer algunas propuestas.
    Metodología.
    Toda la información se obtiene de las Órdenes de la Consejera de Sanidad por la que se nombran los vocales de los Consejos de Salud de las nueve Áreas Sanitarias así como de las actas de 25 reuniones celebradas en los distintos Consejos desde la reunión constituyente hasta marzo de 2019. Las citadas Órdenes y muchas de las actas de las reuniones se obtienen del portal MurciaSalud. Otras no disponibles en el portal se solicitaron expresamente a través de la Gerencia del SMS obteniéndose otras 5 actas. De otras tres reuniones (las últimas celebradas en 3 Consejos de Salud) se obtiene sólo la convocatoria con el Orden del Día (bien por no estar aún redactada el acta o por ser borrador). No podemos garantizar, por no tener forma de verificarlo, que no se haya considerado alguna reunión celebrada de la que no dispongamos de acta para el análisis.
    De la lectura detallada y del análisis de la relación de asistentes así como de todos los temas tratados se obtiene la información necesaria que queda recogida en una ficha para cada Área diseñada al efecto (ANEXO III) en la que se ordenan los temas tratados en las reuniones de acuerdo con las funciones asignadas a los Consejos de Salud en la Ley 4/1994, de 28 de Julio, de Salud de la Región de Murcia.
  6. Resultados.
  7. Composición de los Consejos de Salud
  8. Conocidas las deficiencias en la composición de los Consejos de Salud a través de los nombramientos de sus vocales mediante Órdenes de la Consejera de Sanidad(Anexo I) son cuatro los Consejos que en sus reuniones constituyentes subsanan parcial o totalmente la falta de representantes como vocales:
  9.  El Consejo del Área 1 (Murcia Oeste) nombra como vocal a una representante (vocal) de los colegios profesionales.
  10.  El Consejo del Área 3 (Lorca) nombra como vocales a representantes de asociaciones de enfermos crónicos, de asociaciones de voluntariado y de colegios profesionales.
  11.  El Consejo del Área 6 (Vega Media) nombra como vocales a representantes de asociaciones de vecinos, de asociaciones de voluntariado y de colegios profesionales.
  12.  El Consejo del Área 8 (Mar Menor) nombra como vocal al segundo representante de asociaciones de usuarios y consumidores.
  13. Subsanadas las deficiencias descritas en 4 Áreas, la composición actual de los Consejos según se establece en el Decreto y sus deficiencias son:
  14.  La representación del SMS (3 personas), Ayuntamientos (4), Sindicatos (2), Organizaciones Empresariales (2), enfermos crónicos (1) y Sociedades Científicas (1) está completa en los nueve Consejos de Salud.
  15.  Seis de los nueve Consejos no cuenta con el representante de consejos profesionales.
  16.  Cuatro Consejos no cuentan con el representante de asociaciones de vecinos.
  17.  Dos Consejos no cuentan con el representante de asociaciones de voluntariado.
  18.  Ocho Consejos cuentan con un sólo representante de asociaciones de consumidores y usuarios cuando el decreto establece que deben ser dos. La única representante en las nueve Áreas (salvo en el Área 8 con 2 representantes) es siempre la misma persona, presidenta de THADER a propuesta del Consejo Regional de Consumo, que sólo propuso una representante cuando el Decreto establece que debe haber dos.

Corregidas deficiencias en cuatro Áreas, las que todavía persisten son las siguientes:
Área 1, Murcia Oeste: Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios y el representante de asociaciones de voluntariado.
Área 2, Cartagena: Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios y el representante de colegios profesionales.
Área 3, Lorca: Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios y el representantes de asociaciones de vecinos,
Área 4, Noroeste (Caravaca): Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios y los representantes de asociaciones de vecinos y de colegios profesionales.
Área 5, Altiplano (Yecla): Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios y el de colegios profesionales.
Área 6, Vega Media: Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios.
Área 7, Murcia Este: Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios y los representantes de asociaciones de voluntariado y de colegios profesionales.
Área 8, Mar Menor: Falta el representante de asociaciones de vecinos y el de colegios profesionales.
Área 9, Vega Alta: Falta 1 representante de asociaciones de consumidores y usuarios y los representantes de asociaciones de vecinos y de colegios profesionales.
Dicho lo anterior y aunque la composición formal de vocales de todos los Consejos (con voz y voto) no se ha completado corrigiendo formalmente todas las deficiencias mediante el nombramiento de nuevos vocales, es también cierto que ello se ha tratado de subsanar en la mayoría de los Consejos de Salud mediante la invitación a sus reuniones de numerosos representantes de distintas organizaciones ciudadanas, asistiendo como invitados. En la mayoría de los Consejos se diferencia la asistencia entre miembros e invitados que en algún caso se especifica asisten “con voz pero sin voto” tal como establece el Decreto nº 54/2016. En el Consejo del Área 5 se aprueba formalmente convocar como invitados a representantes de todos los sindicatos representados en la Junta de Personal así como de todos los colegios profesionales del sector sanitario. En la reunión constituyente del Área 6 asisten 18 invitados representantes de muy diferentes colectivos aunque en la segunda reunión el número es muy inferior. En algún Área no se hace esta distinción entre miembros e invitados y en algunos casos asistentes que no son vocales del Consejo tienen una participación muy activa en las reuniones proponiendo temas que son incorporados a
los órdenes del día como ocurre con el representante de la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública Salvemos El Rosell en las reuniones del Consejo de Salud de Cartagena.
Número y periodicidad de las reuniones.
Las primeras reuniones constituyentes de los Consejos se dieron entre el 9/11/2016 del Área 2 (Cartagena) y el 27/06/2017 del Área 4 (Noroeste, Caravaca) de forma que hasta marzo de 2019 tienen una trayectoria desde 1 año y 9 meses hasta 2 años y 4 meses. El número de reuniones celebradas hasta marzo de 2019, incluyendo siempre la constituyente, varía desde 2 reuniones del Consejo del Área 9 (Vega Alta) hasta las 4 reuniones de los Consejos del Área 4 (Noroeste) y del Área 5 (Altiplano). El resto de Consejos han celebrado 3 reuniones.
El Decreto nº 54/2016 establece que la periodicidad mínima de las reuniones ha de ser cada 6 meses. Sólo el Consejo de Salud del Área 4 cumple con la periodicidad mínima establecida pues aunque las 4 reuniones del Área 5 tuvieron una periodicidad inferior a los 6 meses la última reunión se celebró el 16/04/2018, hace casi un año. Con frecuencia transcurre más de un año entre una reunión y otra como en los Consejos de las Áreas 3 y 6 en los que entre la reunión constituyente y la segunda reunión transcurren más de 14 meses o en el del Área 7 que transcurren casi 12 meses. El Consejo del Área 2 celebró su última reunión hace justo un año y el del Área 5 hace 11 meses. Entre la reunión constituyente del Consejo del Área 9 y su segunda y última reunión ha transcurrido 1 año y 10 meses


 La ADSP-RM se compromete a elaborar a final del presente año un informe en el que revisando las actas de las reuniones de todos los Consejos se evalúe la medida en que los Consejos han desarrollado todos sus fines.  Se acuerda hacer una evaluación del proceso participativo en los Consejos de Salud mediante la asistencia de observadores sin voz ni voto que podrá proponer el Departamento de Ciencias Sociosanitarias de la Facultad de Medicina de la UMU. Queda pendiente acordar la metodología a seguir en la observación de las reuniones.  La propuesta de las organizaciones ciudadanas de permitir y favorecer que el Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia desarrolle funciones de apoyo y seguimiento del desarrollo de los Consejos y de forma especial del Consejo de Salud seleccionado para un desarrollo idóneo es bien recibida por Consejero y Gerente del SMS y queda pendiente de concretar.  Las organizaciones ciudadanas se comprometen a organizar una jornada pública de valoración y balance del desarrollo de los Consejos de Salud de Área antes de Febrero de 2019 a la que se invitará a la Consejería de Salud y al SMS.

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