Grupo de género de la sección de Derechos Humanos de la Asociación Española Neuropsiquiatría
La reciente propuesta del gobierno para modificar la actual ley del aborto ha provocado numerosísimas críticas desde sectores sociales y políticos muy diferentes. Desde el punto de vista sanitario, un reciente informe de la OMS* constata que el cambio de reglamentaciones basadas en plazos temporales por otras que incluyen más restricciones legales (como supone la modificación actual) supone un retraso temporal en la realización en las interrupciones voluntarias de embarazo y produce un aumento de morbilidad y mortalidad de las mujeres.
En esta editorial nos proponemos denunciar la utilización que la nueva Ley hace de la figura del Psiquiatra y de la Psiquiatría
Desde nuestro punto de vista, en este debate no puede prevalecer la sustitución de la voluntad de la mujer por la tutela psiquiátrica. Así, consideramos que el proyecto de ley supone de hecho volver a utilizar la figura del psiquiatra y la enfermedad mental para intentar resolver de una forma hipócrita una situación con potencial conflicto social y legal.
Haciendo un repaso de nuestro papel en legislaciones españolas anteriores, recordemos que en la ley Orgánica de 1985 se aceptaba como uno de los supuestos para interrumpir el embarazo evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada. Desde la aplicación de esta ley hasta la promulgación de la nueva en 2010, un 96,77% de mujeres que abortaban lo hacían por el supuesto de riesgo psíquico para la madre constatado por el correspondiente informe emitido por un psiquiatra. Es destacable que en más de un 95% de los casos estas intervenciones se producían en clínicas privadas**. Tras la ley orgánica 2/2010 (Ley de Salud sexual y reproductiva y la interrupción voluntaria del embarazo) que permitía abortar en las primeras 14 semanas sin que fuera necesario que la mujer argumentara motivos, el 89,58 % de mujeres lo hicieron por decisión propia y sólo en un 7,3% se argumentó riesgo para su salud. ¿Son compatibles cifras tan discordantes sólo por cambios legales? Probablemente si se aprueba la ley tal como está configurada, el argumento de enfermedad mental aparecerá nuevamente como causa mayoritaria de las interrupciones del embarazo. El hecho de que tengan que ser dos psiquiatras y éstos tengan que trabajar en un centro diferente al que se practica la interrupción del embarazo, ocasionará con toda probabilidad retrasos considerables en los plazos y realización masiva en centros privados, lo que despojará del derecho a personas con bajos recursos económicos. Además del debate que suscita la enorme merma en la libertad y derechos que esta ley supone para las mujeres, es gravísimo el lugar en el que esta ley coloca a los psiquiatras como agentes tutores de la voluntad de éstas. ¿En que papel nos deja esta situación como profesionales y como personas?
Desde el punto de vista ético, la Psiquiatría no puede ser utilizada para medicalizar una decisión de ámbito personal. Eso significa un grave problema ético y una perversión de los fines de la Medicina y de la Psiquiatría. Conocemos bien los tristes ejemplos a lo largo de la historia en los que los psiquiatras y la Psiquiatría han sido utilizados por diferentes gobiernos o grupos de poder para exterminar o discriminar a personas físicas o modos de pensar al calificar de patológicas formas de conducta diferentes o discordantes con las ideas del grupo dominante. En el caso actual, las creencias y la moral de un grupo se convierte, con esta Ley, en el estándar de justicia a cumplir y desplazará la decisión en la mayoría de los casos, como reflejan los números presentados más arriba, a la firma de un certificado de enfermedad actual firmado por dos psiquiatras o, arriesgándose a hacer una predicción poco fácil de sustentar científicamente, del mal que el embarazo puede causar a la salud mental de la madre de modo duradero.
En el caso de las mujeres la utilización de la psiquiatría como justificación para la restricción de derechos humanos ha sido especialmente grave. Así, durante décadas el pensamiento y la práctica psiquiátrica han contribuido notablemente a reforzar y justificar la subordinación del género femenino. Además de la supuesta diferencia/inferioridad biológica, la reducción del cuerpo femenino a sus funciones hormonales y especialmente a las reproductoras, han jugado un papel en diferentes categorías diagnósticas psiquiátricas***. En los últimos años ha sido importante la incorporación de los estudios de género en todas las disciplinas (incluida la nuestra) y de cambios legislativos que incluían elementos rectificadores de la discriminación histórica global de las mujeres; sin embargo, en la situación actual padecemos importantes recortes en políticas de igualdad y se ha constatado un aumento de la prevalencia de violencia de género entre jóvenes que obliga a seguir pensando en la necesidad de intervenir en la erradicación del machismo y la discriminación de la mujer en nuestra sociedad****. Leyes como la actual que presuponen la necesidad de que la mujer sea tutelada por un profesional ante una situación personal como es la decisión de interrumpir un embarazo en un plazo determinado, suponen infantilizar e incapacitar a la mujer. Desde el punto de vista del profesional, la ley nos coloca en la difícil situación de optar por hacer un falso diagnóstico o negarnos a colaborar en este proceso hipócrita lo que conlleva dejar a la mujer sin la posibilidad de ejercer este derecho.*****
Cada profesional ante la situación concreta en la que intervenga hará una elección personal, casi siempre difícil. Desde el grupo de género de la sección de derechos humanos de la AEN queremos abrir un debate urgente sobre ello con el propósito de ayudar a realizar la mejor decisión posible publicando una declaración de argumentos que sostengan una postura de la AEN como colectivo y unas recomendaciones de acción basadas en una respuesta ética a este conflicto artificialmente generado.
*Ver informe: -Aborto sin riesgos. Guía técnica y de políticas para el sistema de salud. Organización Mundial de la Salud. OMS, 2012. “La evidencia acumulada demuestra que la eliminación de las restricciones sobre el aborto produce una reducción de la mortalidad materna causada por el aborto inseguro y, en consecuencia, una disminución en el nivel global de mortalidad materna”
** Las intervenciones se realizaron en más de 97% de los casos en clínicas privadas salvo en 2012 que fue en un 93%. En estadísticas del 2012 un 68% de IVE se produjeron dentro de las primeras 8 semanas. Fuente: Ministerio de Sanidad. http://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/embarazo/tablas_figuras.h
***Para más información de como la medicina y la psiquiatría han sido a lo largo de la historia fuente importante de ideología sexista ver: Diéguez A. Psiquiatría y género: Contribución del naciente discurso médico-psiquiátrico en España a la definición del estatuto social de la mujer. Revista de la Asociación Española de Neuropsiquiatría 2000, 72:73-88.
****Para más datos sobre prevalencia de violencia de género en jóvenes consultar en: Ministerio de Sanidad. http://www.msssi.gob.es/gabinete/notasPrensa.do?id=3100
*****Ver declaraciones de Eudoxia Gay en: http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/12/27/actualidad/1388177385_228409.html